El organismo declaró que una norma del Código Civil no se aplicará en un caso atendido por el Programa «La Niñez y Adolescencia se Defiende» de la RM Norte, resguardando la estabilidad familiar y el apellido de los hermanos representados.
Santiago, 9 de septiembre de 2026.- El Tribunal Constitucional acogió de manera favorable un requerimiento presentado por la curadora ad litem del Programa «La Niñez y Adolescencia se Defiende» (NAD) de la Corporación de Asistencia Judicial (RM Norte), en representación de dos hermanos de 10 y 11 años.
El caso se originó en el Tercer Juzgado de Familia de Santiago, donde una persona externa solicitó retirar la paternidad legal a los niños argumentando razones de tipo económico. Ante esto, la representación de la CAJ acudió al Tribunal Constitucional para proteger los derechos e identidad de los hermanos.
En su decisión, la Magistratura consideró que en este caso específico no se aplicará la regla del Código Civil que permitía dicha demanda, señalando los siguientes aspectos de su razonamiento:
- Protección de la dignidad: La condición y los derechos de un niño no pueden ser utilizados como un medio para resolver diferencias económicas entre adultos.
- Resguardo de la identidad: El derecho a la identidad no solo incluye conocer el origen biológico, sino también mantener la historia familiar, el apellido y la identidad que los niños han construido a lo largo de su vida.
- Estabilidad familiar: El estado civil de un niño requiere resguardo frente a acciones que busquen alterarlo por motivos puramente patrimoniales.
Este fallo refleja el trabajo técnico que realiza la Corporación de Asistencia Judicial mediante el Programa NAD, enfocado en asegurar que niños, niñas y adolescentes cuenten con una defensa jurídica independiente y adaptada a sus necesidades en los tribunales del país.





