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Centro de Atención Jurídico y Social de San Miguel obtiene importante fallo ante la Corte Suprema

Nuestro Centro de Atención Jurídico y Social San Miguel, obtuvo un importante fallo ante la Corte Suprema, en una causa sobre responsabilidad médica seguida en contra del Hospital Padre Hurtado, Rol ingreso Corte N°29.181-2019, revocando tanto la sentencia de primera instancia pronunciada por el Primer Juzgado Civil de San Miguel, la cual rechazó la demanda interpuesta en todas sus partes, como la sentencia de segunda instancia pronunciada por la Corte de Apelaciones de San Miguel, que confirmara el fallo de primera.

La Corporación de Asistencia Judicial, por intermedio de sus abogados, inició la tramitación de la causa desde el proceso de mediación ante el Consejo de Defensa del Estado, en el año 2015, sin lograr un acuerdo favorable a los intereses de nuestra representada, lo cual dio lugar al inicio de un proceso judicial por responsabilidad extracontractual del Estado de Chile, por los daños sufridos por la paciente con ocasión de una atención de salud en el establecimiento demandado.

Fue un proceso de aproximadamente 5 años, desde que la usuaria fue derivada para su asesoría en el proceso de mediación, donde finalmente, luego de un largo y arduo trabajo, la Corte Suprema acogió la tesis de nuestros abogados, en cuanto a la existencia de falta de servicio en la atención entregada, en su variante de funcionamiento tardío.

En su considerando SEXTO, la Corte Suprema señala “Que, dotando de contenido al factor de imputación mencionado en la norma transcrita, esta Corte Suprema ha señalado que la falta de servicio se presenta como una deficiencia o mal funcionamiento del Servicio en relación con la conducta normal que se espera de él, estimándose que ello concurre cuando aquel no funciona debiendo hacerlo y cuando funciona irregular o tardíamente, operando así, como un factor de imputación que genera la consecuente responsabilidad indemnizatoria.”

 Siendo esta atención tardía el fundamento por el cual se acoge el Recurso de Casación en el fondo interpuesto, dictando la correspondiente sentencia de reemplazo con fecha 17 de noviembre de 2020, acogiendo la demanda y condenando al Hospital Padre Hurtado al pago de una indemnización de perjuicios en favor de la demandante con ocasión de la falta de servicio que fuese víctima.  

Vaya nuestro reconocimiento por el gran trabajo realizado al equipo del Centro de Atención Jurídico y Social San Miguel, por llegar hasta las últimas instancias que nuestro ordenamiento jurídico permite, en razón de la convicción fundamentada en el relato, los hechos y pruebas que lograron reunir junto a nuestra patrocinada. Felicitaciones!

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