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La Oficina Internacional de la Corporación de Asistencia Judicial Metropolitana actúa como la autoridad central del país en casos de sustracción de menores, tras la adhesión de Chile al Convenio de La Haya de 1980. Este acuerdo tiene como objetivo garantizar la restitución inmediata de niños o niñas que hayan sido trasladados o retenidos de manera ilícita en cualquier Estado contratante, y asegurar que los derechos de custodia y visita reconocidos en un Estado firmante se respeten en los demás.
Cuando un niño es traído a Chile de manera irregular, sin la autorización de su padre o madre, la persona que solicita la restitución debe comunicarse con la Autoridad Central de su país de residencia. Esta entidad prepara la solicitud correspondiente y la envía a la Oficina Internacional de la Corporación para su tramitación.
Una vez que se reciben los antecedentes desde el país extranjero, los abogados de la Oficina Internacional presentan la demanda y la litigamos en tribunales con el objetivo de lograr la restitución inmediata del menor.
El Convenio de La Haya de 1980 es el tratado internacional que regula el secuestro internacional de niños, niñas y adolescentes en Chile. Recibimos solicitudes tanto desde Chile hacia el extranjero, pidiendo el retorno de un menor al país, como desde el extranjero hacia Chile, solicitando el regreso del menor a su país de residencia habitual fuera de Chile.
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