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Banco Estado se desiste ante la Suprema por demanda por discriminación presentada por CAJ RM

Banco Estado se desiste ante la Suprema por demanda por discriminación presentada por Corporación de Asistencia Judicial Metropolitana

El Director General de la Corporación de Asistencia Judicial Metropolitana, Alejandro Jiménez Mardones, informó que Banco Estado se desistió ante la Corte Suprema por demanda por discriminación presentada por Corporación de Asistencia Judicial Metropolitana. “Esta decisión significa que tanto las instituciones públicas como privadas deben cumplir la ley en materias de discriminación a personas en situación de discapacidad”.

Manuel Adasme Báez, es profesor de religión y presenta discapacidad visual. No obstante ello, es una persona absolutamente autónoma y plenamente capaz para administrar su propio patrimonio y velar individualmente por sus intereses.

En este contexto, el 5 de septiembre de 2014, concurre a la Oficina Central del Banco Estado, a fin de solicitar la apertura de una cuenta de ahorro a su nombre.

Esto, en el momento, le es negado por el funcionario que lo atendió, bajo el argumento de que, por normativa interna del Banco Estado, las personas con discapacidad visual, para abrir ese tipo de cuentas, deben necesariamente concurrir con un tercero de su confianza a fin de que firme junto con el solicitante. A pesar de las insistencias de Manuel, le terminan negando de forma definitiva la apertura de la libreta, reiterándole que debía concurrir con un tercero.

La Corporación de Asistencia Judicial Metropolitana, a través de su Convenio con Senadis, patrocina una demanda por Discriminación Arbitraria en contra del Banco del Estado de Chile en el 5° Juzgado Civil de Santiago.

En primera instancia, con fecha 21 de octubre de 2015, se acoge la demanda interpuesta en contra de Banco de Estado, por haber realizado ésta, actos de discriminación arbitraria en contra de Manuel Adasme Báez. Y se declara, por tanto, en el fallo en cuestión “Que ha existido discriminación arbitraria por parte del Banco del Estado y por consiguiente, no podrá solicitar al actor para la apertura de una cuenta de ahorro la asistencia de una tercera persona. Que se condena al Banco del Estado al pago de una multa, a beneficio fiscal, de 7 Unidades Tributarias Mensuales”.

Posteriormente, se interpone recurso de apelación por parte de Banco Estado, en contra de la sentencia de primera instancia. Habiéndose realizado los alegatos pertinentes, con fecha 15 de marzo de 2016, la Corte de Apelaciones de Santiago, confirma en todas sus partes la sentencia de primera instancia, concluyendo, por tanto, que existió discriminación arbitraria en los hechos denunciados, y haciendo suyos, los mismos argumentos expuestos en fallo del 5° Juzgado Civil de Santiago.

En contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, Banco Estado interpone recurso de casación en el fondo ante la Corte Suprema, el cual es admitido a tramitación y, luego de casi 9 meses de haberse presentado, se fija en tabla a fin de recibir los alegatos y fallar acerca del recurso interpuesto.

Luego de diversas suspensiones de alegatos, y demás circunstancias anexas, Banco del Estado presenta escrito ante Corte Suprema el 4 de mayo de 2017(minutos antes de la hora en que el recurso iba a ser conocido por la cuarta sala), desistiéndose del recurso interpuesto. Con ello, termina de quedar firme y ejecutoriada la sentencia de discriminación arbitraria, con la respectiva confirmación de la Corte de Apelaciones de Santiago. 

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