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La Prensa Austral destaca labor de la CAJ RM en Punta Arenas

 

Diario regional La Prensa Austral, destacando  sentencia  favorable y excelente labor  de nuestro compañero y  abogado civil CAJ RM en Punta Arenas, Gonzalo Rojas Castillo.

Hace 47 años nació en Punta Arenas Antonio Edgardo. Se crió junto a tres hermanas, por lo que su infancia transcurrió entre vestidos, muñecas y los tradicionales juegos de niña de los setenta.

Su vida de niño y adolescencia estuvo marcada por las constantes burlas y discriminaciones. Pasó por distintos colegios de la ciudad donde no se sintió cómodo. Debido al permanente acoso psicológico (ahora lo llaman bullying), decidió no continuar cursando enseñanza media, aunque luego retomó sus estudios en el sistema nocturno.

Ya a la edad de 12 años se convenció que estaba en “un cuerpo extraño”. Y, es que si bien nació como hombre, siempre se sintió como una mujer.

A los 15 años decidió afrontar lo que le estaba pasando y adoptó su propia identidad, con la que se sentía verdaderamente identificada, haciendo que su círculo más cercano la llamara “Fanny”, que es como todos la conocen actualmente, siendo el nombre que le ha gustado desde niña. Desde entonces además cambió su forma de vestir. Por lo anterior, decidió tomar medicamentos para cambiar su apariencia, siguiendo consejos de amigos que conocían su historia y terminó comprando las pastillas que encontraba, pero como no fue a un especialista, aquellas no tuvieron los resultados que esperaba, razón por la que debió enfrentar una serie de problemas de salud hasta que se vio en la obligación de dejarlas. Pasados los años, concurrió a un consultorio de salud donde la orientaron y le recomendaron hacer el tratamiento hormonal, el que según ella, ha sido bastante satisfactorio para su persona, además que siempre ha tenido el apoyo de su familia, a pesar de que es un tema tabú en la sociedad y de existir muchos prejuicios.

Para “Fanny” resulta particularmente incómodo hacer trámites públicos, ya que al tener que exhibir su cédula de identidad, debe explicar que el carné donde figura con su sexo y su identificación masculina, es realmente de ella, porque muchas veces han pensado que es de un familiar o que lo robó, y pacientemente debe indicar que Antonio es ella, aunque no se sienta para nada identificada con ese nombre.

En la actualidad asume completamente su condición sexual, emocional, física y social, no existiendo dudas al respecto de ella, empero tiene que verse enfrentada a este tipo de problemas que le causan bastante desagrado.

En medio de este dilema, inició las gestiones para cambiar tanto su nombre como su sexo registral.

Actuación judicial

El 5 de agosto de 2016, “Fanny” ingresaba su demanda ante el Segundo Juzgado de Letras de Punta Arenas, solicitando se le autorice el cambio de nombre que consta inscrito en el Servicio de Registro Civil e Identificación y rectificación del sexo registral que consta ante el mismo organismo.

En lo concreto, pedía modificar su partida de nacimiento en lo referente al nombre, cambiar el de “Antonio Edgardo M.B.” por el de “Stefanya Maylin”, quedando en definitiva como “Stefanya Maylin M.B.” y que se modifique el sexo registral de la respectiva partida de nacimiento de “masculino” a “femenino”.

Luego de la serie de documentación aportada por la Corporación de Asistencia Judicial de Punta Arenas que actuó como patrocinante, el 12 de abril de 2017 el titular del Segundo Juzgado de Letras, Claudio Jara Inostroza, rechazó la demanda, bajo el argumento que “ si bien existen fallos que acogen peticiones similares, fundados en la igualdad ante la ley establecida en nuestra Constitución Política”, este sentenciador estimó que “no se han dictado las normas legales y reglamentarias que permitan acceder a lo peticionado”.

Apelado el fallo por el abogado Gonzalo Rojas Castillo, profesional de la Corporación de Asistencia Judicial, este sábado 30 de septiembre, los ministros titulares Marta Jimena Pinto, María Isabel San Martín y Víctor Stenger Larenas, revocaron la sentencia del juez Claudio Jara, declarando que se acoge la solicitud de cambio de nombre y de sexo de la partida de nacimiento de la requeriente, ordenando al Registro Civil e Identificación proceder a la rectificación para lo cual el Tribunal le remitirá los instrumentos correspondientes.

Discriminación arbitraria

En su alegato, el abogado Gonzalo Rojas Castillo cuestionó los argumentos invocados por el juez de primer grado al momento de denegar la demanda, al estimar que ellos atentan de manera directa con sus garantías constitucionales del peticionario, en orden a que por su condición de transexualismo sin haber realizado a la fecha las operaciones para cambiar su genitalidad masculina, se atenta contra la igualdad ante la ley por discriminación arbitraria.

Para los ministros de la Corte de Apelaciones que fallaron la causa, es del caso que como ya se ha establecido, a través de la información sumaria y la constatación de sus antecedentes biográficos, por el médico psiquiatra, a más de la entrevista personal, que, la solicitante ha sido conocida por más de cinco años, por motivos plausibles, con los nombres de pila que desea substituyan a los que actualmente registra en su partida de nacimiento, por lo tanto, sólo queda acceder a su deseo.

En cuanto a la rectificación de la anotación de su sexo, “es de presumir que si ella siente, piensa, desarrolla las actividades de su vida laboral y social como mujer, se muestra como tal ante los demás, por su vestimenta, actitudes y expresiones, constituye un menoscabo moral que, en las circunstancias en que debe identificarse exhibiendo sus documentos que toman sus datos desde la inscripción de nacimiento en cuanto nombres de pila y sexo, deba entrar en explicaciones de su vida privada y del orden psíquico, para justificar la coincidencia entre los instrumentos públicos y su apariencia. Por ende, si la ley, con tanta claridad permite rectificar la partida de nacimiento en cuanto a los nombres y apellidos, factores principales de identificación, con mayor razón, habría de permitirse que se rectifique el factor del sexo, que en este caso además es lo razonable, para la efectiva coincidencia de todos estos aspectos”, da cuenta el fallo.

“La presunción de menoscabo moral y el daño moral en estas circunstancias no puede dejar indiferente e inactivo a este Tribunal”, remarcaron los sentenciadores al momento de acoger la demanda.

Cabe consignar que un estudio publicado en agosto de 2015 por el doctor en derecho Fernando Muñoz León, frente a las posibilidades reales de igualdad ante la justicia de personas transexuales, concluyó que en un período de cuatro años, el buscador del Poder Judicial arrojó como resultado 86 solicitudes de cambio de sexo y de género, 47 de transexuales femeninas y 39 masculinas, de las cuales, 69 fueron acogidas, representando el 80,2 por ciento y 6 acogidas parcialmente (sólo el Tribunal aceptó el cambio de nombre), lo que se interpreta en el sentido que serían resultados alentadores para el bienestar y dignidad de las personas transexuales, aunque no absolutamente positivos por el 19,8% restante cuyas solicitudes fueron denegadas.

VER LINK: http://laprensaaustral.cl/titular1/la-historia-de-un-transexual-que-gano-su-batalla-judicial-para-que-se-reconozca-su-nueva-identidad-y-sexo-ya-naci-en-un-cuerpo-extrano/

 

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