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Punta Arenas: Ordenan a municipio contar con intérprete para personas con discapacidad auditiva

La Prensa Austral: Ordenan al municipio contar con intérprete para que persona con discapacidad auditiva rinda examen de conducción

Luego de que La Prensa Austral diera a conocer hace un año el caso de un hombre identificado por las iniciales J.V.V. que desde los 5 años sufre de discapacidad auditiva, quien recurrió a la justicia debido a que la Municipalidad de Punta Arenas le denegó rendir por tercera vez el examen de conducir acompañado por un intérprete de señas, el pasado viernes 21 de diciembre se conoció la sentencia unánime de la Corte de Apelaciones, cuyos ministros resolvieron acoger la solicitud del afectado, multando de paso al ente comunal. El juez Jaime Araneda, del Primer Juzgado de Policía Local, había denegado la demanda en primera instancia.

Cabe recordar que el recurrente inició a fines de 2016 sus trámites para obtener su licencia de conducir clase B, rindiendo el examen psicosensométrico sin inconveniente alguno, pero al momento de dar la prueba teórica reprobó en dos oportunidades. Al querer rendirla por tercera vez, éste solicitó a la Dirección de Tránsito Municipal que se le autorizara hacerlo junto a un intérprete de señas, recibiendo a fines de septiembre de 2017 un oficio firmado por el alcalde Claudio Radonich en el cual se le negaba esta petición porque supuestamente el guía “le podría soplar las respuestas”.

Debido a aquello, a las 9 horas del jueves 7 de diciembre del año pasado, el afectado concurrió hasta las dependencias del Primer Juzgado de Policía Local de Punta Arenas, en compañía del Abogado del Convenio de la Corporación de Asistencia Judicial Metropolitana y SENADIS, Rodrigo Henríquez, con el propósito de interponer una demanda con el fin de que se le permita acceder a esta solicitud.

Ahora los ministros Marta Jimena Pinto, Marcos Kusanovic y el fiscal judicial Fabio Jordan que integraron la sala del máximo tribunal de Magallanes, acogieron la apelación del demandante y ordenaron a la municipalidad adoptar las medidas pertinentes para que el denunciante pueda rendir su examen teórico de conducción con la intermediación de un intérprete de señas calificado, sea éste proporcionado por la entidad comunal, por alguna institución que disponga de esta categoría de profesionales o por el mismo demandante.

“Que la negativa y resistencia por parte de la autoridad demandada a permitir al demandante rendir el examen teórico sin la intermediación del intérprete en lenguaje de señas, no obstante ser su condición auditiva y la necesidad de comunicarse con ese apoyo, hecho establecido en el procedimiento de obtención de licencia de conducir, constituyen una omisión arbitraria e ilegal que priva al interesado del ejercicio del derecho a realizar el acto demostrativo de los conocimientos para obtener el permiso, asegurándole la comprensión de la prueba, en su lenguaje natural. Establecerlo en este juicio trae consecuencias sancionatorias previstas en la ley”, reza la sentencia.

Asimismo, el tribunal de alzada condenó al municipio a pagar una multa de 10 unidades tributarias mensuales (cerca de 500 mil pesos), según se señala en el artículo 58 de la Ley 20.422, que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad.

VER LINK: https://laprensaaustral.cl/cronica/ordenan-al-municipio-contar-con-interprete-para-que-persona-con-discapacidad-auditiva-rinda-examen-de-conduccion/

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