Noticias

La Tercera: Cinco mil hombres pidieron pensión a través de la Corporación Judicial

 Cinco mil hombres pidieron pensión a través de la Corporación Judicial

VER LINK: https://www.latercera.com/nacional/noticia/cinco-mil-hombres-pidieron-pension-traves-la-corporacion-judicial/244961/

 

Una realidad social cada vez más evidente es que a la hora de un divorcio o separación no se asume que solo la madre es la principal cuidadora de los menores.

Hoy, cada vez más padres se hacen cargo de sus hijos. Un fenómeno que se ve reflejado en el número actual de hogares monoparentales con jefatura masculina, es decir de aquellos en que un padre vive solo con sus hijos y que según un análisis del Centro de Encuestas y Estudios Longitudinales de la U. Católica (Ceel UC), sobre la base de Casen 2015, son 150.997 hogares en Chile.

Y de ellos, un número creciente solicita pensión de alimentos a la madre. Se trata de una tendencia que confirman las cifras de la Corporación de Asistencia Judicial (CAJ) a nivel nacional, que muestran que si en 2011 fueron 1.209 los padres que solicitaron ese derecho, la solicitud durante el año 2017 llegó a 4.756 (otras 11.735 pensiones de alimentos fueron solicitadas por mujeres).

Esas cifras hablan de cómo los hombres se están empoderando de su rol paterno, y a la hora de separarse solicitan el cuidado personal de sus hijos (o tuición). Un estudio de la CAJ indica que solo entre julio de 2014 y junio de 2016, 1.590 hombres solicitaron el cuidado personal de sus hijos.

Gabriel Muñoz, abogado de Litigación Familiar de la CAJ, explica que el padre o madre que viva con el hijo o detente el cuidado personal puede demandar por alimentos actuando en su representación.

En el caso de los hijos menores de edad, es decir, menores 18 años, dice Muñoz, el cuerpo normativo refiere que se presume que el padre o madre gozan de la capacidad de pago. “En razón de la misma, el monto mínimo es del 40% de ingreso mínimo remuneracional ($ 110.400) si sólo hay un hijo, y el 30% si es que hay más de uno ($ 82.800), a pagar por cada uno de ellos”.

Esta pensión también puede solicitarse en el caso de cónyuges. “Las personas unidas mediante vínculo matrimonial también podrán solicitar una pensión en su favor; en dicho caso, la jurisprudencia ha estimado que debe ser en beneficio de la parte más débil o que padezca de alguna patología que le impida generar adecuada y suficientemente sus propios recursos”, dice Muñoz.

Línea gratuita

800 248 300

No estamos disponibles, nuestro horario de atención es:

Martes y Jueves

09:00 a 13:00 hrs

14:30 a 17:00 hrs

Recuerda visitar nuestro Webchat. Te estaremos esperando para resolver tus dudas jurídicas.

Comparte en tus redes sociales

Compartir en facebook
Compartir en twitter
Compartir en linkedin